Sentencia N° 244 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de marzo de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00244, Exp. 2013-0525, 11/03/2015
Expediente2013-0525
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoPlena Jurisdicción
Fecha de la decisión2015-03-10
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de plena jurisdicción interpuesto por A.P. Green de Venezuela, S.A. contra la Resolución No. DGSJ-3-1-050 de la Contraloría General de la República, que estableció la obligación de pagar una suma por diferencia de impuesto de importación y multa. La Sala declaró su incompetencia para conocer del recurso, declinando la competencia a los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario, pero decidió excepcionalmente conocer el caso por razones de tutela judicial efectiva y celeridad procesal.

Extracto de la motiva

Se observa que el presente recurso versa sobre la legalidad del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N° DGSJ-3-1-050, de fecha 22 de marzo de 1988, mediante la cual confirmo Reparo N° DGAD-4-2-1-224, de fecha 27 de julio de 1987, Dictado por la Contraloría General de la República. Dicha Resolución aparece suscrita por el Director de Procedimientos Jurídicos, de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, actuando por delegación del Contralor General de la República, de acuerdo con lo previsto en las Resoluciones Nros. DP-3-R–09, de fecha 1° de enero de 1987, publicado en la Gaceta Oficial N° 33.639, de fecha 16 de enero de 1987; DGSJ-3-2-2 y DGSJ-3-2-2 ambas de fecha 30 de enero de 1987, publicadas en la Gaceta Oficial N° 33.656 de fecha 10 de febrero de 1987. Visto que el referido acto administrativo fue dictado en el ejercicio de la atribución conferida al Director de Procedimientos Jurídicos, mediante la delegación de funciones emanada de la máxima autoridad de dicho órgano contralor, y tomando en cuenta que para el 14 de junio de 1988, fecha en la cual fue interpuesto el recurso contencioso administrativo de nulidad, se encontraba vigente la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, resulta necesario señalar el contenido del numeral 12 del artículo 42 de la referida Ley, el cual dispone: ...omissis...

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: Primero: Declarar su Incompetencia para conocer del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto en fecha 14 de junio del año 1988, ante el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, por, (sic) por el profesional del derecho Roberto Yépez Soto, antes identificado, en su condición de apoderado judicial de la parte actora Sociedad Mercantil A.P Green de Venezuela. (sic) igualmente identificada, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución Nº DGSJ-3-1-050, de fecha 22 de marzo de 1988, que resuelve confirmar el Reparo N° DGAD-4-2-1-224, de fecha 27 de julio de 1987, emanado Contraloría General de la República. Segundo: Declinar su competencia para ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, para conocer, sustanciar y decidir la presente causa, por lo que deberá remitírsele el expediente judicial, bajo Oficio, por las razones expuestas en la motiva del presente fallo. Tercero: Notificar a las partes y una vez conste en autos sobre ello, se dejará transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho a que hace referencia el artículo 69 del Código Adjetivo Civil y vencido éste sin que se hubiere solicitado la regulación de competencia se remitirá el expediente judicial conforme a lo ordenado. Así se decide.”

Palabras clave

competenciacontencioso administrativotributariojusticiaremisiónprocesoresolución

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca