Sentencia N° 243 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de febrero de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00243, Exp. 2005-4886, 27/02/2008
Expediente2005-4886
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-02-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara que ha decaído el objeto del recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 0053/2003, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de CABILLAS Y PERFILES CABIPERCA, C.A. La decisión se basa en la revocatoria del acto administrativo impugnado, lo que implica que no hay materia sobre la cual decidir. La Sala reafirma que la compensación de créditos fiscales es un medio válido para extinguir obligaciones tributarias, y que la Administración Tributaria debe verificar la existencia y liquidez de los créditos fiscales en caso de futuras solicitudes de compensación.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la controversia planteada se circunscribe a decidir si la compensación solicitada por la empresa recurrente respecto de su excedente de créditos fiscales era procedente. Sin embargo, se destaca que la Administración Tributaria revocó el acto administrativo objeto de impugnación, lo que lleva a la conclusión de que no hay materia sobre la cual decidir. La Sala también menciona que la compensación es un medio extintivo que no requiere un pronunciamiento previo por parte de la Administración Tributaria para su procedencia, y que esta debe verificar la existencia de los créditos fiscales a posteriori.

Dispositiva

En virtud de todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal declara que ha decaído el objeto del recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia N° 0053/2003, dictada el 16 de junio de 2003, por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la contribuyente CABILLAS Y PERFILES CABIPERCA, C.A., contra la Providencia Administrativa N° MF-SENIAT-GRTICE-DR-00-468 del 20 de octubre de 2000, emitida por el Gerente Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con base a lo cual NO TIENE MATERIA SOBRE LA QUE DECIDIR, vista la revocatoria de dicho acto mediante la Providencia Administrativa N° GCE-DR-ACDE-2005-232 de fecha 20 de septiembre de 2005, dictada por ese mismo organismo.

Palabras clave

compensacióncréditos fiscalesobligaciones tributarias

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