La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió a favor de la sociedad mercantil Metanol de Oriente, Metor, S.A., declarando con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto contra la Resolución GJT/DRAJ/A/2004-5472 del 17 de septiembre de 2004, que había declarado inadmisible el recurso jerárquico. La decisión se fundamenta en la violación del derecho a la defensa y al debido proceso, al no haberse emitido respuesta oportuna por parte de la Administración Tributaria. Además, se anula la resolución impugnada y se establece que no procede la condenatoria en costas procesales al Fisco Nacional.
Extracto de la motiva
juzga quien aquí decide, que en el presente caso, sí eran de inexorable aplicación las previsiones de los referidos artículos 254 y 255 del vigente Código Orgánico Tributario; En atención a lo anterior, advierte este Tribunal que entre la fecha de interposición del tantas veces señalado recurso jerárquico y la oportunidad en que la Administración Tributaria se pronunció sobre la admisión del jerárquico, transcurrió sobradamente el lapso de cuatro (04) años, en abierta violación de lo previsto en el artículo 255 del vigente Código Orgánico Tributario, ya aplicable a dicho supuesto en razón de su vigencia. Así las cosas, resulta forzoso para este Tribunal Superior, declarar la Nulidad de la Resolución N° GJT/DRAJ/A/2004-5472 de fecha 17-09-2004. Así se declara. Vista la anterior declaratoria, procedería en principio la condenatoria en costas del Fisco Nacional como parte perdidosa en el presente juicio; no obstante, la Sala siguiendo el criterio vinculante dictado por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal en el fallo N° 1.238 del 30 de septiembre de 2009, caso: Julián Isaías Rodríguez, conforme al cual no procede la condenatoria en costas procesales del Fisco Nacional, se declara la improcedencia de las mismas en el caso de autos. Así se Declara.
Dispositiva
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara, PRIMERO: CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Sociedad Mercantil ‘METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A.’. Y Así se Declara.- SEGUNDO: Se declara la Nulidad de la Resolución N° GJT/DRAJ/A/ 2004-5472 de fecha 17-09-2004, emanada de la Gerencia Jurídico Tributario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Así se Declara.- TERCERO: No procede la condenatoria en costas procesales al Fisco Nacional.