La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, decidió a favor del recurso de apelación presentado por el Fisco Nacional, revocando la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes. La decisión se basa en la violación del debido proceso en la imposición de sanciones tributarias a la sociedad Comercial La Gran Parada, C.A. La Sala ordenó la emisión de nuevas planillas de liquidación ajustadas a las normas pertinentes, anulando las sanciones impuestas previamente. Se destaca la importancia de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso en los procedimientos administrativos tributarios.
Extracto de la motiva
motiva de la presente decisión. Con respecto a las costas procesales las mismas son improcedentes de conformidad con el criterio jurisprudencial sostenido por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, según sentencia No 00215 de fecha 10/03/2010, caso: Guerrero Valverde, C.A., (GUEVALCA). Y así se decide. VII DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de La Región Los Andes en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1.- CON LUGAR, el recurso contencioso tributario, interpuesto por la ciudadana Mery Cacua de Hernández, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.794.581, en su carácter de Director Principal de la Sociedad Mercantil Comercial La Gran Parada C.A., con registro de información fiscal (RIF) bajo el Nro. J-30275455-0 e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira bajo el Nro. 41 Tomo 19-A de fecha 26-12-1983, asistido por el abogado Jesús Manuel Méndez Hernández, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.230.268, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 44.127; en consecuencia: 2.- SE ANULA, La Resolución de imposición de Sanción SNAT/INTI/GRTI/RLA/DF/2022/IVA/00163/06M-50, de fecha 20-09-2022, y sus respectivas planillas de liquidación emitida por el Jefe de División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Los Andes, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Fisco Nacional, contra la sentencia definitiva Nro. 212-23 del 15 de noviembre de 2033, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, la cual se REVOCA en los términos aquí expresados. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la ya identificada sociedad de comercio COMERCIAL LA GRAN PARADA, C.A., contra la Resolución de Imposición de Sanción Nro. SNAT/INTI/GRTI/RLA/DR/2022/IVA/00163/06/M-50 de fecha 20 de septiembre de 2022, notificada el 26 de octubre de 2022 emanada de la División de Fiscalización de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), actos administrativo que queda FIRME, salvo lo atinente al cálculo de las sanciones de multa impuestas que se ANULA. 3.- Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir Planillas de Liquidación Sustitutivas, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 82 eiusdem, aplicable en razón del tiempo y empleando el valor vigente para el momento del pago efectivo de las multas, conforme a lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 92 ibídem, tal como se describió en la motiva de esta decisión.
Palabras clave
Contencioso TributarioSancionesDerecho a la Defensa