Sentencia N° 239 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de julio de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00239, Exp. 2013-0514, 07/07/2022
Expediente2013-0514
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-07-07
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por General Import de Venezuela, C.A. contra la Resolución del SENIAT que impuso sanciones por incumplimiento en la retención del IVA. Se confirmó la decisión del tribunal inferior en cuanto a la no prescripción de las obligaciones tributarias, pero se revocó la procedencia de una atenuante y se ordenó recalcular las sanciones conforme a la unidad tributaria vigente al momento del pago. La sentencia fue dictada el 7 de julio de 2022.

Extracto de la motiva

motivación para decidir si procedían o no las sanciones aplicadas no analizó su procedencia, sino simplemente defendió el contenido del artículo 111 del Código Orgánico Tributario al considerar con pleno valor probatorio los fundamento expuestos en el acta fiscal que forma parte del procedimiento de determinación (…)”. (Sic.) (Agregado de esta Alzada). Agregaron que “(…) tanto la Administración Regional como la Gerencia General de Servicios Jurídicos presumen que el impuesto que no se retuvo no había ingresado a las arcas del Estado, sin tener en cuenta que el principio de presunción de inocencia, sin excepción debe ser respetado en cualquier procedimiento administrativo sancionador, desconociendo además que en dichos procedimientos la carga probatoria corresponde al acusador que en este caso es la Administración Tributaria (…)”. iv) Invocaron “(…) durante del procedimiento de fiscalización [su] representada desempeño una conducta ejemplar, pues suministró a los funcionarios todos los recaudos solicitados, tal como consta de las Actas de Recepción levantadas por la Administración, así como de las comunicaciones dirigidas por [su] representada consignando toda la documentación requerida, atendiendo diligentemente todos los requerimientos efectuados, razón por la cual procede la aplicación de la circunstancia atenuante establecida en el numeral 2 del artículo 96 del Código Orgánico Tributario [de 2001 aplicable en razón de su vigencia temporal], y aplicar la multa en su límite mínimo (…)”. (Añadidos de esta Máxima Instancia). v) “(…) [Solicitaron] la desaplicación del Parágrafo Segundo del artículo 94 del Código Orgánico Tributario [de 2001, aplicable en razón del tiempo], pues resulta violatorio de elementales principios tributarios y sancionatorios consagrados en la Constitución, a la vez que atentatorio contra la racionalidad del sistema tributario (…). (Agregados de esta Sala). Pidieron que “(…) se aplique el valor de la unidad tributaria vigente para la fecha de

Dispositiva

Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario, confirmando la validez de la Resolución del SENIAT en cuanto a la obligación tributaria, pero revocando la atenuante y ordenando el ajuste de las sanciones.

Palabras clave

Contencioso TributarioIVASancionesPrescripciónUnidad Tributaria

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