Sentencia N° 2385 — Sala Político Administrativa del TSJ, 31 de octubre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02385, Exp. 2003-0284, 01/11/2006
Expediente2003-0284
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-10-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A. contra la Resolución Nº 392 del 28 de agosto de 2002, dictada por el Ministerio de la Producción y el Comercio. La decisión se basa en que los actos administrativos impugnados no son recurribles, ya que no imponen sanciones ni resuelven conflictos entre particulares, siendo considerados actos de trámite. La Sala concluye que la Dirección Nacional del Derecho de Autor actuó dentro de sus competencias al ordenar la inspección solicitada por el ciudadano Fernando Álvarez Capriles, quien alegó derechos sobre la obra 'San Nicolás de Megamedios'.

Extracto de la motiva

La Sala observa que al resolver el recurso jerárquico el Ministro de la Producción y el Comercio, señaló que los actos mediante los cuales la Dirección Nacional del Derecho de Autor ordenó que se practicase la inspección solicitada por el ciudadano Fernando Álvarez Capriles (Nos. CIF/SS-0041/0019 y CIF/SS-0041/0022 de fechas 31 de enero y 7 de febrero de 2001) son actos de trámite. En tal sentido, es evidente para la Sala que los mencionados actos no surgen como consecuencia de la culminación de un procedimiento administrativo, no imponen una sanción a la entidad financiera recurrente (como lo sería, por ejemplo, la prevista en el artículo 134 de la Ley sobre el Derecho de Autor), así como tampoco resuelven un conflicto entre los particulares. Estos hechos, en principio, hacen que los señalados actos administrativos sean inimpugnables, pues no son de aquellos a los que se refiere la excepción al principio de inimpugnabilidad de los actos de trámite, contenida en el artículo 85 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, al reconocer la recurribilidad de los actos de trámite cuando éstos imposibiliten la continuación del procedimiento, causen indefensión o lo prejuzguen como definitivo sin serlo, o cuando lesionen derechos subjetivos o intereses legítimos, personales y directos.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad interpuesto por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la Resolución Nº 392 del 28 de agosto de 2002, dictada por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y EL COMERCIO, hoy Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadderecho de autorinspecciónactos administrativosBanescoMinisterio de la Producciónresolución

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca