La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Freddy Argüelles León contra la decisión del Ministro de la Defensa, que lo pasó a situación de retiro por medida disciplinaria. La Sala fundamenta su decisión en que el procedimiento administrativo seguido fue conforme a derecho y que el recurrente no agotó la vía administrativa al no presentar el recurso de reconsideración correspondiente. Además, se desestiman los alegatos de violación al debido proceso y al derecho al trabajo, argumentando que la sanción impuesta fue proporcional y ajustada a la normativa militar vigente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el procedimiento administrativo militar o la investigación administrativa disciplinaria militar, constituye por regla general un procedimiento conformado por una secuencia de actuaciones dirigidas a descubrir o a esclarecer un hecho. En el caso de autos, el ahora impugnante fue notificado de la realización de dicho Consejo en su contra, mediante Cartel de notificación publicado el día 10 del mismo mes y año en el Diario “Ultimas Noticias”. En este se le participó que el mismo tenía por objeto “estudiar y calificar su conducta por la presunta comisión de faltas militares y hechos irregulares de carácter disciplinario...especialmente de las que pudieran desprenderse de las declaraciones dadas a los medios de comunicación social sin previa autorización...”. Se le informó además, del lapso de diez días hábiles del que disponía el encausado para la presentación del escrito de descargos, comunicándosele que podía asistir acompañado de su abogado, así como del lugar, fecha y hora en que se efectuaría la audiencia. A juicio de la Sala, no habiendo asistido a ninguna de las convocatorias tanto para la presentación del escrito de descargos como al Consejo de Investigación y advertido como estaba que el mismo se realizaría aún en su ausencia, debe forzosamente entenderse que el hoy recurrente por propia voluntad desatendió, en sede administrativa, la oportunidad de ser oído y de defenderse, no pudiendo imputarle a la Administración la falta de actuación de aquél.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad intentado por el ciudadano FREDDY ARGÜELLES LEÓN contra la decisión tácita del MINISTRO DE LA DEFENSA, confirmatoria del acto administrativo contenido en la Resolución Nº DG-19.191 del 29 de noviembre de 2002, emanada de la misma autoridad, mediante la cual se dispuso el pase a situación de retiro por medida disciplinaria, contra el mencionado ciudadano.
Palabras clave
contencioso administrativonulidadmedida disciplinariaderecho al trabajodebido procesosanciónFuerza Armadaprocedimiento administrativo