Sentencia N° 235 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de marzo de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 00235, Exp. 2014-1332, 11/03/2015
Expediente2014-1332
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2015-03-10
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida la apelación interpuesta por la sociedad mercantil Pavimentadora Guatopo, C.A. contra la sentencia definitiva N° 032/2014 del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario. La decisión se fundamenta en la falta de presentación del escrito de fundamentación de la apelación dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

La norma antes transcrita establece la carga procesal para la parte apelante de presentar, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente en la Alzada, un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de fundamentación de la apelación el desistimiento tácito de la misma. De la revisión de las actas se desprende que en fecha 3 de diciembre de 2014, la Secretaría de la Sala practicó el cómputo ordenado por auto de la misma fecha, certificando que transcurrieron dos (2) días continuos en razón del término de la distancia (5 y 6 de noviembre de 2014) y diez (10) días de despacho, a saber “11, 12, 13, 18, 19, 20, 25, 26, 27 de noviembre y 02 de diciembre de 2014”, relativos al lapso para fundamentar la apelación previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. De lo expuesto anteriormente, se evidencia el vencimiento del lapso del cual disponía la parte apelante para cumplir con la obligación de consignar el escrito de fundamentación de su apelación sin que así lo hubiere realizado.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por la representación en juicio de la contribuyente PAVIMENTADORA GUATOPO, C.A., contra la sentencia definitiva N° 032/2014 del 17 de julio de 2014, dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto el 11 de abril de 2003, contra las Resoluciones Culminatorias de Sumario Nros. GRTI-RCE-SM-ASA-2002-00067 y GRTI-RCE-SM-ASA-2002-00068, ambas de fecha 21 de noviembre de 2002, emitidas por el Sector de Tributos Internos Maracay de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.

Palabras clave

responsabilidad tributariasancionespruebadefensafiscalizacióncontravención

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