El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió declarar con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por LABORATORIOS GALDERMA VENEZUELA, S.A. contra la Resolución N° SNAT/GCSJ/GR/DRAAT/2016-0450 del SENIAT, que había declarado sin lugar un recurso jerárquico. La sentencia de instancia había considerado que la clasificación arancelaria impuesta por la Aduana era incorrecta, y el TSJ ratificó esta decisión, anulando los actos administrativos impugnados. Además, se determinó que no procedía la condenatoria en costas procesales al Fisco Nacional.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo (…)”. III FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN En fecha 12 de mayo de 2022, el abogado José Ángel Sifontes Escorcha, abogado inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 213.272, actuando con el carácter de representante judicial de la República, como sustituto de la Procuraduría General de la República, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), tal como consta de Poder debidamente autenticado e identificado en autos, presentó el escrito de formalización de la apelación, con la siguiente fundamentación: Denunció que la sentencia de instancia incurrió en el vicio de falso supuesto de hecho al considerar que “(…) la Gerencia de la Aduana Principal Aérea de Maiquetía, erró al momento de considerar dentro de la clasificación arancelaria prevista en la subpar
Dispositiva
Se ANULA la Resolución N° SNAT/GCSJ/GR/DRAAT/2016-0450, de fecha 31 de agosto de 2016, dictada por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT. Se ANULA el Acta de Reconocimiento N° SNAT/INA/GAPAMAI/DO/UR/2014/0042, de fecha 3 de febrero de 2014.
Palabras clave
Contencioso TributarioClasificación ArancelariaDerecho a la Defensa