La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la regulación de competencia en un caso de ejecución de créditos fiscales. El Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario se declaró incompetente para conocer del recurso de apelación interpuesto, planteando un conflicto negativo de competencia. La Sala, tras analizar las normas aplicables, determinó que el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón es el competente para decidir sobre la apelación ejercida, dado que la demanda fue interpuesta antes de la creación del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Que es COMPETENTE para conocer y decidir la regulación de competencia solicitada en el presente caso. Que CORRESPONDE al TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, la competencia para conocer y decidir la presente causa. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal declarado competente.
Dispositiva
PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer y decidir la regulación de competencia solicitada en el presente caso. SEGUNDO: Que CORRESPONDE al TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, la competencia para conocer y decidir la presente causa. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al Tribunal declarado competente.
Palabras clave
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