La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte y el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo. El caso se originó a raíz de un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano Sergio M. Rivas contra actos administrativos del INCE. La Sala determinó que el asunto tiene por objeto la nulidad de un acto que afecta una relación de empleo público, lo que lo convierte en un asunto funcionariales.
Extracto de la motiva
A los efectos de determinar el órgano jurisdiccional competente para conocer del presente asunto, es necesario aclarar que, aún cuando, el recurrente solicitó, por una parte, la nulidad del acto administrativo contenido en la Orden Administrativa Nº 960-01-06 de fecha 5 de octubre de 2001, dictada por el órgano rector, en este caso, el Consejo Nacional Administrativo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), mediante el cual se designó a los miembros de la Junta Liquidadora del INCE CONSTRUCCIÓN, A.C., ente éste donde prestaba sus servicios el recurrente y, por la otra, la nulidad del acto dictado por el Coordinador de la Junta Liquidadora del Instituto de Formación Profesional para los Trabajadores de la Construcción (INCE CONSTRUCCIÓN, A.C.) de fecha 4 de febrero de 2002, mediante el cual se le notificó que había cesado en sus funciones, éste último pedimento constituye –tal como se desprende del libelo- su principal pretensión; en consecuencia, considera esta Sala que el presente caso tiene por objeto la nulidad de un acto que afecta directamente una relación de empleo público, convirtiéndose entonces el asunto debatido en funcionarial.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, la competencia para conocer del presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano SERGIO M. RIVAS, asistido por las abogadas Carmen Josefina Salvatierra Charles y Francis Alfonzo Marín, contra el acto administrativo contenido en la Orden Administrativa Nº 960-01-06 de fecha 5 de octubre de 2001, emanada del CONSEJO NACIONAL ADMINISTRATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), y contra la orden de retiro por cesación de servicios, de fecha 4 de febrero de 2002, emanada de la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA CONSTRUCCIÓN, ASOCIACIÓN CIVIL.