Sentencia N° 23 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de enero de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00023, Exp. 2007-0734, 10/01/2008
Expediente2007-0734
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-01-09
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar SIN LUGAR la apelación interpuesta por CSR COMPUTACIÓN, C.A. contra la sentencia interlocutoria que declaró improcedente la suspensión de los efectos de la 'Resolución de Improcedencia de Compensación'. La Sala argumentó que el acto administrativo recurrido, por su naturaleza negativa, no es susceptible de suspensión, ya que no se evidenció la existencia de los requisitos necesarios para tal medida cautelar, como el fumus boni iuris y el periculum in damni.

Extracto de la motiva

Siendo la oportunidad para decidir, esta Sala observa que el caso de autos se circunscribe a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 263 del vigente Código Orgánico Tributario, para decretar la suspensión de los efectos del acto administrativo impugnado, que fue declarada improcedente por el a quo en la recurrida. Sin embargo, resulta obligatorio aclarar que en la sentencia apelada se identificaron los actos recurridos como la 'Resolución 000150/2006 emanada de la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) en fecha 31-05-2006, notificada en fecha 22-06-2006, y las Planillas de Liquidación Nos. 111001227002499, 111001212000012 y 111001238000171, todas de fecha 06-06-2006'. No obstante, tanto en el escrito del recurso contencioso tributario, como en el escrito de alegatos consignado ante esta Sala, la contribuyente solicitó la nulidad de la 'Resolución de Improcedencia de Compensación' de fecha 31 de mayo de 2006, identificada con las letras y números 'GCE/DR/ACDE/2006/140', emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de la 'Planilla de Liquidación Nº 111001212000012 de fecha 6 de junio de 2006', de la 'Planilla de Liquidación Nº 111001227002499 de fecha 6 de junio de 2006', y de la 'Planilla de Liquidación Nº 111001238000171 de fecha 6 de junio de 2006', por lo que al coincidir los números de planillas, y el contexto de la sentencia con lo alegado por la contribuyente, esta Sala entiende que el pronunciamiento del Juez de instancia está referido a los actos administrativos cuya impugnación se solicitó.

Dispositiva

En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad mercantil CSR COMPUTACIÓN, C.A., contra la sentencia interlocutoria de fecha 21 de marzo de 2007 dictada por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en la 'Resolución de Improcedencia de Compensación' de fecha 31 de mayo de 2006, identificada con las letras y números 'GCE/DR/ACDE/2006/140', emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), solicitada conjuntamente con el recurso contencioso tributario incoado por la precitada contribuyente contra el referido acto administrativo y en las Planillas de Liquidación Nos. '111001227002499, 111001212000012 y 111001238000171, todas de fecha 06-06-2006'. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia apelada, en los términos expuestos en el presente fallo.

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