La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión Nro. 00870, ordenó notificar a la Junta Liquidadora de la Corporación de Abastecimientos y Servicios Agrícolas, S.A. y al Ministerio del Poder Popular para la Alimentación sobre el fallo. Se destacó la imposibilidad de practicar la notificación a la sociedad mercantil demandada debido a su proceso de liquidación. La Sala consideró necesario notificar a las entidades correspondientes para garantizar el debido proceso.
Extracto de la motiva
Con fundamento en las consideraciones expuestas, por cuanto en la presente causa la parte demandada es la Corporación de Abastecimiento y Servicios Agrícolas, S.A., (LA CASA S.A.), que como ha sido indicado fue suprimida y entró en proceso de liquidación, esta Sala Político-Administrativa acuerda notificar a la Junta Liquidadora de la Corporación de Abastecimientos y Servicios Agrícolas, S.A. (LA CASA, S.A.), y a la Corporación Única de Servicios Productivos y Alimentarios, C.A., (CUSPAL, C.A.) de la sentencia Nro. 00870 del 23 de octubre de 2025 y del presente fallo. Así se decide. Asimismo, por cuanto la referida corporación está adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Alimentación se acuerda notificar al mencionado Ministerio de la sentencia Nro. 00870 del 23 de octubre de 2025 y del presente fallo. Así se establece. Finalmente, resulta menester para esta Máxima Instancia precisar que la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en aras de garantizar la consecución de los postulados consagrados en los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, reconoció la preponderancia de la ciencia, la tecnología, y los servicios de información como elementos de interés público, destacando el deber del Poder Público -y concretamente de los órganos jurisdiccionales- de valerse de los avances tecnológicos para su optimización, procediendo en consecuencia a dictar la Resolución Nro. 2021-0011 de fecha 9 de junio de 2021, contentiva de las normas generales que regularán la suscripción y publicación de los actos administrativos en el ámbito de la administración pública.
Dispositiva
Se ORDENA notificar a la JUNTA LIQUIDADORA DE LA CORPORACIÓN DE ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS AGRÍCOLAS, S.A. (LA CASA, S.A.), a la CORPORACIÓN ÚNICA DE SERVICIOS PRODUCTIVOS Y ALIMENTARIOS, C.A., (CUSPAL, C.A.) y al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ALIMENTACIÓN, de la sentencia Nro. 00870 del 23 de octubre de 2025 y del presente fallo.
Palabras clave
notificaciónliquidaciónsociedad mercantilJunta LiquidadoraMinisterio de Alimentaciónconstitucióntecnología