La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario del Estado Carabobo. El Juzgado Tercero había rechazado la declinatoria de competencia planteada por el Juzgado Superior, argumentando su falta de competencia para conocer del caso de cumplimiento de contrato de seguros interpuesto por la Aseguradora Nacional Unida UNISEGUROS, S.A. contra el Estado Carabobo.
La Sala, al analizar el caso, determinó que ambos tribunales se habían declarado incompetentes y, dado que no existía un tribunal superior común, decidió declinar la competencia a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a lo establecido en la normativa aplicable. La decisión fue firmada y sellada en Caracas, y se ordenó la remisión del expediente a la Sala Plena para su conocimiento y decisión.
Finalmente, la sentencia fue publicada y registrada el 17 de febrero de 2011, bajo el número 00229.
Extracto de la motiva
En el presente caso se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, los cuales se declararon incompetentes para conocer del presente recurso de nulidad. Observa esta Máxima Instancia que el primero de ellos tiene atribuida competencia en materia contencioso administrativa, mientras que el segundo la tiene en materia civil, mercantil y bancario.
Dispositiva
DECLINA en la SALA PLENA DE ESTE TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA la competencia para conocer el conflicto negativo de competencia planteado en la presente causa.
Palabras clave
conflicto de competenciadeclinaciónjurisdicción contencioso-administrativa