El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia N° 0100/2004, que había declarado parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario de GEOSERVICES, S.A. La decisión revoca aspectos de la sentencia anterior relacionados con la improcedencia del rechazo de deducciones por enteramiento tardío de retenciones y la falta de retención de impuestos. Se ratifican las multas impuestas por incumplimiento de deberes formales y se ordena a la Administración Tributaria emitir las liquidaciones correspondientes.
Dispositiva
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso interpuesto. En consecuencia, se declara: 1) Improcedente la exigencia de pagar el impuesto no retenido; 2) Procedente el reparo formulado por la cantidad de Bs. 27.455.603,75 en el ejercicio fiscal 1996 y Bs. 51.091.614,32 en el ejercicio fiscal 1997; 3) Procedente el reparo formulado por la cantidad de Bs. 5.944.956,34 sobre gastos pagados por concepto de honorarios profesionales y de servicios de subcontratistas; 4) Se ordena a la Administración Tributaria emitir las planillas de liquidación correspondientes.