Sentencia N° 223 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de marzo de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00223, Exp. 2023-0078, 29/03/2023
Expediente2023-0078
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-03-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la demanda interpuesta por Nerio de Jesús Franco Paredes contra la sociedad Venezolana del Vidrio, C.A. por reenganche y pago de salarios caídos. El Tribunal Cuarto de Primera Instancia había declarado que la competencia correspondía a la Inspectoría del Trabajo, dado que se trataba de la ejecución de una providencia administrativa emitida por dicha entidad.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en relación con la consulta de jurisdicción planteada, de acuerdo con la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26 numeral 19 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual observa: Mediante decisión dictada en fecha 30 de enero de 2023, el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer del presente asunto al entender que se trataba de una solicitud de ejecución de la Providencia Administrativa, emitida por la Inspectoría del Trabajo con sede en Valera Estado Trujillo Nro. 070-2022-014 del 6 de septiembre de 2022, en la cual, se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos y dem

Dispositiva

Se declara que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir la demanda por reenganche, pago de salarios caídos y demás beneficios contractuales interpuesta por el ciudadano Nerio de Jesús Franco Paredes contra la sociedad mercantil Venezolana del Vidrio, C.A. En consecuencia, se confirma la decisión sometida a consulta, dictada el 30 de enero de 2023, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.

Palabras clave

ejecuciónadministrativatrabajojurisdiccióntuteladerechosdesacato

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