Sentencia N° 22 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de enero de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00022, Exp. 6039, 16/01/2002
Expediente6039
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-01-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo interpuesta por Alejandro Peña Esclusa, Secretario General del Partido Laboral Venezolano, decide que no hay materia sobre la cual decidir. La causa principal fue tramitada en el expediente N° 5498, donde se impugnó la resolución del Consejo Supremo Electoral que negó la inscripción del partido en el Estado Monagas. La Sala considera que, al haber sido homologado el desistimiento de la acción en el expediente principal, no hay lugar para decidir sobre la solicitud accesoria.
Extracto de la motiva
Esta Sala, mediante sentencia de fecha 21 de mayo de 1992, vista la solicitud de desistimiento de la acción formulada por la parte actora en el expediente N° 5498, homologó el mismo. Ahora bien, visto que la presente, resulta ser una cuestión accesoria o incidental con respecto a la causa seguida en el expediente N° 5498, y que la misma fue decidida de manera definitiva, forzosamente esta Sala, de conformidad con el principio de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal, debe declarar que no hay materia sobre la cual decidir y ordenar el archivo del presente expediente. Así se decide.
Dispositiva
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HAY MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
suspensión de efectosacto administrativonulidadpartido políticoinscripciónConsejo Nacional Electoraldesistimientocausa accesoria