Sentencia N° 219 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de mayo de 2019

TSJ/SPA, Sent. N° 00219, Exp. 2018-0642, 15/05/2019
Expediente2018-0642
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2019-05-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por H.D. INVERSIONES C.A. contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia que declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial. La Sala determinó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer y decidir sobre la demanda de resolución de contrato de obra interpuesta por la demandante contra la demandada INVERSIONES SALAZAR Y MARÍN (SALYMAR), C.A. La decisión del Juzgado fue revocada, permitiendo que el caso continúe en el ámbito judicial.

Extracto de la motiva

motivaron a la demandante a recurrir “(…) a otros proveedores subrogándose los incrementos de la inflación, y la depreciación de la moneda nacional por la notoriedad de los hechos que ocurren en nuestro país, que no han impedido como ciertamente lo culminó en un 100% (…) Siendo estos costos la cantidad que (…) debe reparar LA CONTRATADA para el resarcimiento de los daños y perdición (sic) por causa de contravención; y por la actitud culposa y negligente de sus actos que como consecuencia se incurrieron a (sic) más gastos y pérdidas sufridas que ascienden a la cantidad de IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 14 TRES MILLONES NOVECIENTOS CUERENTA Y UN MIL DOSCIENTOS

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción incoado. 2.- Que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por “RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OBRA” interpuesta por la sociedad mercantil H.D. INVERSIONES C.A., parte accionante, contra la sociedad mercantil INVERSIONES SALAZAR Y MARÍN (SALYMAR), C.A., parte accionada, ambas ya identificadas. 3.- Se REVOCA la decisión dictada el día 20 de junio del 2018 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.

Palabras clave

contratoresoluciónincumplimientodación en pagodaños y perjuiciosobligacionessociedades mercantiles

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