Sentencia N° 2173 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de octubre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02173, Exp. 2006-1347, 05/10/2006
Expediente2006-1347
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-10-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en relación a un recurso de nulidad interpuesto por Deysi de la Trinidad Sandoval de Medina. La Sala determinó que la competencia para conocer del caso corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central, dado que ambos órganos jurisdiccionales habían declarado su incompetencia para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Aragua.

Extracto de la motiva

La Sala establece su competencia para resolver el conflicto negativo planteado, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, así como el numeral 51 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se concluye que el competente para conocer de la causa es el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central, dado que el recurso de nulidad fue interpuesto contra una providencia administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Estado Aragua.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRAL, la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo incoado por la ciudadana DEYSI DE LA TRINIDAD SANDOVAL DE MEDINA, asistida por los abogados Leda Ventura Pérez y Lawrence K. Calderón P., contra la Providencia Administrativa S/N de fecha 14 de mayo de 2002, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO ARAGUA, que declaró sin lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por dicha ciudadana, contra la sociedad mercantil Ovomar, C.A.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso contencioso administrativonulidadInspectoría del Trabajocalificación de despidoreenganchesalarios caídos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca