La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia solicitada por el Procurador General del Estado Trujillo, argumentando que ha transcurrido más de un año sin que la parte demandante haya ejecutado algún acto de procedimiento. Se establece que la perención es un medio de terminación procesal que opera por la inactividad de las partes en un período mayor a un año, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el Código de Procedimiento Civil.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse con relación a la perención de la instancia solicitada por el abogado Ramón Hernández Camacho, actuando con el carácter de Procurador General del Estado Trujillo, bajo el fundamento de “que ha transcurrido mas (sic) de un (1) año sin que la parte demandante haya ejecutado algún acto de procedimiento en aras del impulso procesal”. Al respecto, esta Sala observa: Ha sido pacífico y reiterado el criterio conforme al cual la perención de la instancia constituye un medio de terminación procesal que opera por la no realización, en un período mayor de un año, de actos de procedimiento destinados a mantener en curso el proceso (tal y como lo preveía el artículo 86 de la derogada Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y ahora, el artículo 19, decimoquinto aparte, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela), o cuando se verifica alguna de las situaciones previstas en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que consagra las llamadas “perenciones breves” para específicos supuestos en los que la inactividad de las partes interesadas se produce en lapsos sensiblemente inferiores al de un año.
Dispositiva
Conforme a lo expuesto, esta Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA en la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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