La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Productos Lácteos Palmiandino, C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción del SENIAT. Se anula la sanción por llevar libros contables con atraso y se ordena recalcular las multas impuestas. La sentencia confirma la procedencia de sanciones por no notificar cambios de directores y por declaraciones de IVA omitidas en varios períodos.
Extracto de la motiva
motivación, ya que ésta debió precisar los hechos, para así poder subsumir esos en el Derecho, y determinar su consecuencia jurídica. Al no señalar cuál es el período en el cual se constató el ilícito, de conformidad a los legendarios señalados, careciendo de certeza su actuación, y lo cual es una garantía para el administrado, más aún cuando la Administración Tributaria goza de las más amplias facultades de investigación y comprobación, pudiendo realizar todas aquellas actuaciones que considere necesarias para constatar todas aquellas actuaciones que considere necesarias para constatar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes. (…) Ciudadana Juez, la Administración Tributaria, incurrió en la violación al debido proceso, por prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido en el artículo 179 del Código Orgánico Tributario, al pretender sancionar las declaraciones de IVA, como omisas, para los períodos señalados supra sin cumplir con las exigencias del citado artículo: (…) Falso Supuesto de Derecho Visto que las declaraciones ya se encontraban presentadas para el inicio del procedimiento previsto en el artículo 179 del Código Orgánico Tributario, incurrió la Administración Tributaria, en el vicio de falso supuesto de derecho, ya que la sanción aplicable para el caso de marras es la prevista en el numeral 3 del artículo 103 del Código Orgánico Tributario que expresa: (…) En virtud de lo antes expuesto, y visto que la actuación de la Administración, en su actuación viola el debido proceso, [solicitaron] la nulidad de dichas sanciones, y que las mismas se adecuen al tipo legal de la infracción cometida y la improcedencia de la clausura como lo establece la norma. (…) IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 27 Tercero: En cuanto a las sanciones por Libros, [se acogieron] al criterio de la Unidad del Libro, que mantiene este Tribunal. (…) Cuarto: Al momento de imponer las sanciones la Administració
Dispositiva
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la Sociedad Mercantil PRODUCTOS LACTEOS PALMIANDINO, C.A. 2.- SE ANULA la Resolución de Imposición de Sanción N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/SLF/AF/2020/IVA/ISLR/00025/M-00001 de fecha 26 de febrero de 2021. 3.- SE ORDENA EMITIR NUEVAS PLANILLAS DE LIQUIDACIÓN Y MULTAS.