Sentencia N° 2119 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de septiembre de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 02119, Exp. 2004-2877, 27/09/2006
Expediente2004-2877
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-09-26
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo que destituyó a José Antonio Málaga Pérez de su cargo de auxiliar administrativo. La Sala declaró improcedente la medida cautelar, argumentando que no se presentaron elementos suficientes que justificaran la suspensión, ni se demostró un posible perjuicio irreparable. Además, se analizó la existencia de vicios en el acto impugnado, concluyendo que no se evidenció la presunción de buen derecho a favor del recurrente.

Extracto de la motiva

Esta Sala Político-Administrativa ha establecido que la suspensión de efectos de los actos administrativos, prevista en el artículo 21, aparte 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela (artículo 136 de la derogada Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia), constituye una medida cautelar mediante la cual, haciendo excepción al principio de ejecutoriedad del acto administrativo, consecuencia de la presunción de legalidad, se procura evitar que a pesar de una eventual decisión anulatoria del acto, se produzcan con la ejecución de aquél, lesiones irreparables o de difícil reparación, lo que podría hacer nugatorio el derecho fundamental de acceso a la justicia y la garantía al debido proceso. A los fines de la procedencia de la referida cautela típica, el juez debe velar porque su decisión se fundamente no sólo en un simple alegato de perjuicio, sino en argumentos y hechos concretos de los cuales nazca la convicción de un posible perjuicio real y procesal para el recurrente.

Dispositiva

De conformidad con los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos del acto contenido en la Resolución N° 01-00-000266 de fecha 10 de septiembre de 2004, dictada por el Contralor General de la República, en la que resolvió destituir al ciudadano José Antonio Málaga Pérez del cargo de auxiliar administrativo del referido órgano contralor e inhabilitarlo para el ejercicio de funciones públicas por un período de diez (10) años.

Palabras clave

suspensión de efectosacto administrativonulidadresponsabilidad administrativacontraloríaderecho al trabajodebido proceso

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