La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento del procedimiento contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Barsa Planeta de Venezuela, C.A. contra la Providencia Administrativa N° SNAT/2002/1.455 del SENIAT. La decisión se fundamenta en que la apoderada judicial tenía facultades para desistir del juicio y que el desistimiento no afecta a los demás coadyuvantes en el proceso. Se ordenó la continuación de la causa solo respecto a la sociedad Xerox de Venezuela, C.A. y los terceros adhesivos.
Extracto de la motiva
Mediante diligencia de fecha 18 de julio de 2006, la abogada María Fernanda Zajía Tobía, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Barsa Planeta de Venezuela, C.A., actualmente denominada Editorial Planeta Grandes Publicaciones de Venezuela, C.A., expuso lo siguiente: “(…) En nombre de mi representada desisto formal y expresamente del presente procedimiento contencioso administrativo de nulidad iniciado con ocasión del recurso de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad conjuntamente con solicitud de amparo interpuesto por mi representada y la empresa Xerox de Venezuela, C.A., contra la Providencia Administrativa N° SNA/2002/1455 dictada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) el 29 de noviembre de 2002 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.585 de fecha 5 de diciembre de 2002, mediante la cual se designan responsables del pago del impuesto al valor agregado (IVA), en calidad de agentes de retención, a los contribuyentes a los que el SENIAT hay calificado como especiales. En tal sentido, solicito a esta Sala, conforme a lo establecido en los artículos 266 del Código de Procedimiento Civil y 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, de por consumado y homologue el presente desistimiento. Queda expresamente entendido que el desistimiento que en este acto formulo en nombre de mi representada en modo alguno afecta al resto de las empresas recurrentes e intervinientes en el presente juicio, respecto de las cuales se mantiene en pleno vigor el presente procedimiento. (...)” (sic).
Dispositiva
HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada María Fernanda Zajía Tobía, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Barsa Planeta de Venezuela, C.A., hoy denominada EDITORIAL PLANETA GRANDES PUBLICACIONES DE VENEZUELA, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° SNAT/2002/1.455 de fecha 29 de noviembre de 2002, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.585 de fecha 05 de diciembre de 2002, emanada del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se designa a los Contribuyentes Especiales como agentes de retención del impuesto al valor agregado (I.V.A.). Se ordena la continuación de la causa en el estado en que se encuentra, solo en lo que respecta a la sociedad de comercio Xerox de Venezuela, C.A., y a los terceros adhesivos, de acuerdo a los términos expuestos en el presente fallo.
Palabras clave
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