La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Luis Oscar Briceño Paredes contra el acto administrativo de la Comisión Judicial que dejó sin efecto su designación como Juez Provisorio. La Sala argumentó que la Comisión Judicial tiene la potestad de dejar sin efecto las designaciones de jueces provisorios sin necesidad de un procedimiento administrativo previo, dado que estos no gozan de estabilidad en el cargo. Además, se destacó que el recurrente no había participado en un concurso de oposición, lo que limitaba su derecho a la estabilidad en el cargo judicial.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia tiene competencia para actuar, dentro de los límites indicados, en el nombramiento y separación de los funcionarios designados con carácter provisional. En el presente caso, no estamos frente a la impugnación de un acto administrativo sancionatorio, sino ante un acto mediante el cual se decidió dejar sin efecto la designación del actor en el cargo de Juez del Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo, con sede en El Vigía, cargo que contrariamente a lo alegado por el actor no goza de estabilidad y no puede equipararse a un cargo de Juez Titular. La situación del abogado Luis Oscar Briceño Paredes, se ubica en la posición de quien ha ingresado al Poder Judicial de manera temporal y provisoria, sujeta por tanto su estabilidad al concurso de oposición respectivo; por consiguiente, la acción ejercida por la recurrente carece de fundamento jurídico válido.
Dispositiva
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por el abogado LUIS OSCAR BRICEÑO PAREDES, contra el acto administrativo de 22 de noviembre de 2005, dictado por la COMISIÓN JUDICIAL del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA mediante el cual declaró sin lugar el recurso administrativo de reconsideración interpuesto contra la decisión del 21 de junio de 2005, por la que se dejó sin efecto su designación en el cargo de Juez Provisorio del Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.