Sentencia N° 210 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de marzo de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00210, Exp. 2004-0023, 23/03/2004
Expediente2004-0023
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2004-03-23
DecisiónAcepta la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia acepta la competencia declinada por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo, para conocer el recurso de nulidad interpuesto por Iris Lameda, actuando como Síndico Procurador Municipal del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, contra un contrato celebrado con la sociedad mercantil Hugies Corporation C.A. La decisión se fundamenta en la naturaleza del contrato y la competencia establecida por la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la competencia para conocer el caso de autos, para lo cual se observa, en primer término, que la acción ejercida versa sobre un recurso de nulidad interpuesto por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad, contra el contrato celebrado entre la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda y la sociedad mercantil Hugies Corporation C.A., en fecha 10 de abril de 2003. Al respecto, debe advertir la Sala que el ordinal 14 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en concordancia con el artículo 43 eiusdem, señala que corresponde a esta Sala: “Conocer de las cuestiones de cualquier naturaleza que se susciten con motivo de la interpretación, cumplimiento, caducidad, nulidad, validez o resolución de los contratos administrativos en los cuales sea parte la República, los Estados o las Municipalidades”. En efecto, la norma en cuestión contiene una cláusula general que le otorga competencia para conocer de toda acción intentada en razón de un contrato administrativo, bien que éste sea el objeto mismo del recurso o bien cuando se impugne una actuación administrativa distinta, pero directamente vinculada a aquél.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de conocer el recurso de nulidad interpuesto por la abogada Iris Lameda, supra identificada, actuando en su condición de Síndico Procurador Municipal del MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA, contra el contrato celebrado entre la Alcaldía del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda y la sociedad mercantil HUGIES CORPORATION C.A., en fecha 10 de abril de 2003. Se ordena remitir la presente causa al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que se pronuncie sobre la admisibilidades de la acción propuesta, con prescindencia de la competencia ya analizada en el presente fallo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase copia certificada de la presente decisión al Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

contencioso administrativonulidadinconstitucionalidadcompetenciacontrato administrativoservicio públicoHugies CorporationMunicipio Ambrosio Plaza

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