La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la entidad financiera Republic Internacional Bank, N.V. contra la sentencia del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia que declaró sin lugar la cuestión previa sobre la falta de jurisdicción. La Sala determinó que los tribunales venezolanos tienen jurisdicción para conocer de la demanda de rendición de cuentas presentada por el ciudadano Manuel Paton de Escalada, en su calidad de copropietario del Sector N° 4 del Conjunto Four Seasons, contra la mencionada entidad financiera en su carácter de agente fiduciario.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación al recurso de regulación de jurisdicción interpuesto, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual observa: De la revisión de las actas procesales se verifica que el caso de autos se circunscribe a una demanda de “rendición de cuentas” interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano Manuel Paton De Escalada, en su condición de “Copropietario del Sector N° 4 (Hotel) del Conjunto Four Seasons (ahora Caracas Palace)”, contra la sociedad mercantil Republic Internacional Bank, N.V., en su carácter de agente fiduciario. Así, se desprende del escrito libelar cursante en autos, que la pretensión de la referida acción va referida a lo siguiente: i) “(…) la Rendición de Cuentas del agente
Dispositiva
1.- SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil REPUBLIC INTERNACIONAL BANK, N.V., contra la sentencia del 6 de abril de 2021 dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- Que EL PODER JUDICIAL VENEZOLANO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por “rendición de cuentas” incoada por los apoderados judiciales del ciudadano MANUEL PATON DE ESCALADA, en su condición de “Copropietario del Sector N° 4 (Hotel) del Conjunto Four Seasons (ahora Caracas Palace)”, contra la entidad financiera REPUBLIC INTERNACIONAL BANK, N.V., en su carácter de agente fiduciario. 3.- Se CONFIRMA, la decisión de fecha 6 de abril de 2021 emanada del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 4.- Se CONDENA en costas procesales a la sociedad mercantil REPUBLIC INTERNACIONAL BANK, N.V., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 274 y 276 del Código de Procedimiento Civil.