La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, ambos declarados incompetentes para conocer un recurso de nulidad por ilegalidad. La Sala establece su competencia para resolver el conflicto y determina que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental conocer del recurso interpuesto por la Procuraduría General del Estado Lara contra una providencia administrativa.
Extracto de la motiva
Debido a que ambos órganos jurisdiccionales tienen atribuida la competencia en materia contencioso administrativa, esta Sala Político-Administrativa al ser el máximo órgano en dicha jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado. En atención a las normas indicadas, se observa que en el caso de autos se ha planteado un conflicto de competencia entre la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, los cuales se declararon incompetentes para conocer del recurso de nulidad por ilegalidad interpuesto por las apoderadas judiciales de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO LARA contra la Providencia Administrativa N° 1.304 de fecha 13 de agosto de 2004, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad por ilegalidad incoado por las abogadas Justa Díaz Peñuela y Aura Camacaro, ya identificadas, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO LARA, contra la Providencia Administrativa N° 1.304 de fecha 13 de agosto de 2004, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA.
Palabras clave
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