La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia solicitada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en relación a una demanda por ejecución de prenda mercantil interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela y la sociedad mercantil Red de Abastos Bicentenario, S.A. contra Geant International, B.V. La demanda fue estimada en 133.156.423,50 bolívares, lo que supera el límite de competencia establecido por la ley.
Extracto de la motiva
La Sala acepta la competencia declinada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, considerando que la demanda fue interpuesta por la República y una empresa del Estado, cumpliendo así con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Se establece que la acción de ejecución de prenda mercantil es procedente y se ordena remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para verificar el cumplimiento de los requisitos legales.
Dispositiva
Se acepta la competencia declinada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo para conocer de la demanda por ejecución de prenda mercantil interpuesta por la República Bolivariana de Venezuela y la Red de Abastos Bicentenario, S.A. contra Geant International, B.V. Se ordena remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para que verifique si la solicitud presentada cumple con los requisitos establecidos en los artículos 666 y 667 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
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