DecisiónEXTINGUIDA LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 00206, declarando extinguida la acción de amparo constitucional y recurso de nulidad interpuesto por Amada Hernández Pacheco, debido a la falta de interés procesal. La decisión se fundamenta en la inactividad de la demandante para manifestar su interés en la causa tras ser notificada. La Sala constató que el plazo otorgado para tal manifestación había vencido sin respuesta por parte de la actora.
Extracto de la motiva
Conforme al criterio jurisprudencial transcrito, la pérdida de interés debe ser declarada cuando la inactividad procesal se produce antes de la admisión o a partir del momento en que la causa entre en estado de sentencia; mientras que la perención de la instancia supone que la paralización se verifique luego de la admisión y hasta la oportunidad en que se dice “Vistos”, exclusive, y comienza el lapso para dictar la sentencia de mérito. En la causa bajo estudio, se advierte que a través de la decisión número 00766 dictada y publicada el 2 de octubre de 2025, esta Sala Político-Administrativa ordenó la notificación de la ciudadana Amada Hernández Pacheco, supra identificada, a los fines que manifestara a esta Máxima Instancia su interés en que se decida la presente causa, otorgando para ello un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir que constada en autos su notificación, la cual se efectuó mediante un cartel que fue fijado en la cartelera de la Secretaría de esta Sala y publicado en la página web de este Alto Tribunal el 4 de noviembre de 2025. Asimismo, se verifica auto del 27 de noviembre de 2025, a través del cual la Secretaría de esta Sala dejó constancia en autos el retiro del precitado cartel de notificación de la cartelera de dicho Despacho como de la página electrónica de esta Máxima Instancia, entendiéndose a la señalada ciudadana notificada. También se observa que el 18 de febrero de 2026, venció el lapso establecido en la decisión número 00766 dictada y publicada el 2 de octubre de 2025. Ahora bien, esta Sala advierte que hasta la presente fecha no hay constancia en autos que la señalada ciudadana manifestada a este Alto Tribunal su interés de que se emita decisión en esta causa. Por tanto, resulta evidente que al estar la causa en tal estado y verificado que la ciudadana Amada Hernández Pacheco, ya identificada, parte actora en el presente asunto fue notificada a fin de que manifestara su interés en que se decidiera la causa.
Dispositiva
Se declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal en la “acción de amparo constitucional y recurso de nulidad” incoada por la ciudadana AMADA HERNÁNDEZ PACHECO, ya identificada, contra el acto administrativo contenido en el oficio número 0607 del 31 de mayo de 1995, emanado del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA.
Palabras clave
interés procesalnotificaciónperenciónacción de amparojusticiacausasentencia