Sentencia N° 206 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de febrero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00206, Exp. 2005-1132, 02/02/2006
Expediente2005-1132
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-02-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre dos juzgados del Estado Bolívar, en relación a un recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Raúl Antonio Peraza y José Armando Dionisio Jiménez. La Sala determinó que el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo era competente para conocer del caso, dado que el recurso se refería a una providencia administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo.

Extracto de la motiva

Establecida como ha sido la competencia de esta Sala para resolver el conflicto de competencia en el presente caso, pasa la Sala a decidir, y en tal sentido observa: En consideración a que el criterio de este Alto Tribunal actualmente vigente en dicha materia, define que esa competencia corresponde a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, y dentro de ella particularmente en Primera Instancia, a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, es razón por la cual esta Sala atendiendo al presente caso, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad conjuntamente con suspensión de efectos, interpuesto por los ciudadanos Raúl Antonio Peraza y José Armando Dionisio Jiménez, asistidos por la abogada Celia Del Vale Figuera, ya identificados, contra la Providencia Administrativa S/N de fecha 9 de agosto de 1996, dictada por la Inspectoría del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, siendo procedente declarar competente para conocer del caso al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Así se decide.

Dispositiva

1. Que ES COMPETENTE para conocer del conflicto negativo planteado en el presente caso. 2. Que le corresponde al JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, LA COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, interpuesto por los ciudadanos Raúl Antonio Peraza y José Armando Dionisio Jiménez, asistidos por la abogada Celia Del Valle Figuera, ya identificados, contra la Providencia Administrativa S/N de fecha 9 de agosto de 1996, dictada por la Inspectoría del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reducción de personal presentada por la sociedad mercantil TRANSPORTE DE CARGA CANAIMA, C.A.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadjurisdicción contencioso administrativaInspectoría del TrabajoEstado Bolívarsuspensión de efectosprovidencia administrativa

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca