Sentencia N° 205 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de febrero de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00205, Exp. 2006-1716, 07/02/2007
Expediente2006-1716
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2007-02-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de suspensión de efectos presentada por Seguros Mercantil, C.A. contra la Resolución Nro. F1775 del Ministro de Finanzas, que declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la empresa. La Sala determinó que la recurrente no cumplió con los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar, específicamente el fumus boni iuris, al no demostrar que su conducta se encontraba justificada por la existencia de un procedimiento penal abierto que afectaba el siniestro reclamado. Se concluyó que la empresa aseguradora incurrió en el supuesto de elusión previsto en el artículo 175 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, al no notificar al asegurado sobre el estado del reclamo dentro del plazo legal. Por lo tanto, se declaró improcedente la solicitud de suspensión de efectos, manteniendo la multa impuesta por la Superintendencia de Seguros por la falta de respuesta oportuna al asegurado. La decisión reafirma la obligación de las aseguradoras de cumplir con sus deberes de notificación y respuesta ante los reclamos de indemnización, así como la importancia de la legalidad en la imposición de sanciones administrativas.

Extracto de la motiva

En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por la sociedad mercantil SEGUROS MERCANTIL, C.A., contra la Resolución Nro. F1775, dictada en fecha 20 de julio de 2006 por el MINISTRO DE FINANZAS, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico intentado por la referida sociedad mercantil contra la Providencia Nro. 2-2-000133 dictada por la Superintendente de Seguros en fecha 2 de febrero de 2006, la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración intentado contra la Providencia Nro. 2-3-001186, de fecha 11 de diciembre de 2005, a través de la cual se sancionó a la referida empresa con multa por la cantidad de catorce millones seiscientos mil bolívares (Bs. 14.600.000,00).

Dispositiva

En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por la sociedad mercantil SEGUROS MERCANTIL, C.A., contra la Resolución Nro. F1775, dictada en fecha 20 de julio de 2006 por el MINISTRO DE FINANZAS, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico intentado por la referida sociedad mercantil contra la Providencia Nro. 2-2-000133 dictada por la Superintendente de Seguros en fecha 2 de febrero de 2006, la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración intentado contra la Providencia Nro. 2-3-001186, de fecha 11 de diciembre de 2005, a través de la cual se sancionó a la referida empresa con multa por la cantidad de catorce millones seiscientos mil bolívares (Bs. 14.600.000,00).

Palabras clave

suspension de efectosrecurso contencioso administrativoelusionmultaindemnizacionnotificacionley de empresas de seguros

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