La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada YADIRA ALFONSO DE HERNÁNDEZ contra un acto administrativo que le impuso una sanción de amonestación. La recurrente alegó vicios de inmotivación y falso supuesto en la decisión administrativa que la sancionó por un comportamiento considerado ofensivo hacia otra jueza y la Fiscal del Ministerio Público. La Sala desestimó los alegatos de la recurrente, concluyendo que la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial actuó conforme a derecho al imponer la sanción.
Extracto de la motiva
La Sala aclara que la insuficiente motivación de los actos administrativos, sólo da lugar a su nulidad cuando no se permite a los interesados conocer los fundamentos legales y los supuestos de hecho que constituyen los motivos en que se apoyó el órgano administrativo para dictar la decisión, pero no cuando, a pesar de la sucinta motivación, se cumple con la finalidad de esta última, esto es, conocer la fuente legal, las razones y los hechos apreciados por la Administración. En el presente caso, la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial consideró que la jueza recurrente estaba incursa en la causal de amonestación contemplada en el numeral 1 del artículo 38 de la Ley de Carrera Judicial, cuya norma prevé dicha sanción a los jueces que ofendieren de palabra, por escrito o vías de hecho, a sus superiores o a sus iguales o inferiores, indicando como fundamento de la sanción el hecho de que la recurrente se dirigió a otra jueza en términos 'poco cordiales' y 'ofensivos', al momento de discutir una orden de allanamiento dictada por esta última en la residencia de la recurrente.
Dispositiva
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la abogada YADIRA ALFONSO DE HERNÁNDEZ contra el acto administrativo dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, de fecha 12 de marzo de 2003, por medio del cual se le aplicó la sanción de amonestación, prevista en el artículo 38, numeral 1º de la Ley de Carrera Judicial. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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