Sentencia N° 204 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de septiembre de 2021

TSJ/SPA, Sent. N° 00204, Exp. 2021-0090, 01/09/2021
Expediente2021-0090
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2021-09-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de jurisdicción relacionado con la nulidad de una unión estable de hecho. El demandante, José Félix Rivas Alvarado, alegó que la demandada, Valentina Lorena Fernández Ortiz, había simulado su estado civil al declarar ser divorciada cuando en realidad estaba casada. La Sala determinó que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer la demanda de nulidad, ya que corresponde a la Oficina Nacional de Registro Civil.

Extracto de la motiva

Con base en las consideraciones precedentes, debe esta Sala declarar que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y decidir la demanda interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano José Félix Rivas Alvarado, antes identificado, esto es, la solicitud de nulidad del acta de la unión estable de hecho número 273 de fecha 26 de noviembre de 2014. En consecuencia, se revoca la decisión sometida a regulación, dictada el 15 de julio de 2021, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.

Dispositiva

1) CON LUGAR la regulación de jurisdicción ejercida por la representación judicial de la ciudadana VALENTINA LORENA FERNÁNDEZ ORTIZ. 2) En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada el 15 de julio de 2021, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3) El PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer la demanda.

Palabras clave

nulidadunión estable de hechojurisdicción

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