Sentencia N° 202 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de febrero de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00202, Exp. 2011-1283, 24/02/2016
Expediente2011-1283
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2016-02-24
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto del recurso de apelación interpuesto por el Consorcio MV-2008 contra la sentencia interlocutoria que declaró improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada. La decisión se basa en que la firmeza de una sentencia anterior que declaró sin lugar la demanda de nulidad contra una providencia administrativa afecta directamente la procedencia del recurso de apelación actual. La Sala concluye que, al no existir elementos que demuestren la necesidad de la medida cautelar, se mantiene la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del Consorcio MV-2008, contra la sentencia número 2011-1590 dictada el 1° de noviembre de 2011 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró Improcedente la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos. Ahora bien, del expediente judicial número 2013-0569 -cursante en esta Sala- se aprecia que mediante sentencia número 2012-1546 de fecha 25 de julio de 2012 la prenombrada Corte, declaró Sin Lugar la demanda de nulidad ejercida contra la Providencia Administrativa identificada con el alfanumérico SNAT/2011 N° 0002094 del 10 de marzo de 2011, dictada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), decisión contra la cual el 18 de septiembre de 2012 la representación judicial de la parte recurrente ejerció el recurso de apelación. Igualmente, se observa que la referida impugnación fue resuelta por esta Sala Político-Administrativa en la sentencia número 00140 del 10 de febrero de 2016, publicada el 11 del mismo mes y año, al declarar Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del Consorcio MV-2008, contra la sentencia número 2012-1546 del 25 de julio de 2012, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado contra la señalada Providencia Administrativa distinguida con el alfanumérico SNAT/2011 N° 0002094 del 10 de marzo de 2011 emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaró Sin Lugar el recurso de reconsideración ejercido por la accionante y ratificó la Providencia Administrativa identificada con el alfanumérico SNAT/2010 N° 0014363 del 20 de diciembre de 2010, Confirmó el fallo apelado y Firme el acto administrativo impugnado.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso de apelación ejercido por la abogada María Alejandra Correa Martín, antes identificada, actuando con el carácter de apoderada judicial del CONSORCIO MV-2008, contra la sentencia interlocutoria número 1590 de fecha 1° de noviembre de 2011, que declaró Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada contra la Providencia Administrativa distinguida con el alfanumérico SNAT/2011 N° 0002094 del 10 de marzo de 2011 emitida por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), por la cual fue declarado Sin Lugar el recurso de reconsideración incoado contra la Providencia Administrativa identificada con el alfanumérico SNAT/2010 N° 0014363 del 20 de diciembre de 2010 dictada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), así como contra la Providencia Administrativa distinguida con el alfanumérico SNC/DG/2011/ N° A-0064 del 22 de julio de 2011 emanada de la Dirección General del Servicio Nacional de Contrataciones (SNC), que declaró procedente la aplicación de la sanción de suspensión del Registro Nacional de Contratistas de las sociedades mercantiles que integran el Consorcio MV-2008, esto es, Constructora Vigal, C.A. y Mitsubishi Electric Works, C.A., por el lapso de dos (02) y tres (03) años, respectivamente.

Palabras clave

medidas cautelarescontencioso administrativonulidadSENIATdecadenciarecursos

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