Sentencia N° 200 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de febrero de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00200, Exp. 2010-0949, 10/02/2011
Expediente2010-0949
PonenteEMIRO GARCIA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-02-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional, revocando la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario de AUTO SENNA C.A. La Sala determinó que la figura del delito continuado no era aplicable en este caso, ya que cada incumplimiento tributario debía ser considerado de manera independiente. Además, se confirmó la firmeza de la Resolución de Imposición de Sanción del SENIAT, que había impuesto multas a la contribuyente por diversas infracciones tributarias.

Extracto de la motiva

En virtud de la declaratoria contenida en el fallo apelado, así como de los alegatos formulados en su contra por la apoderada judicial del Fisco Nacional, corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la apelación interpuesta por dicha representación contra la sentencia Nº 0588, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central el 11 de febrero de 2009, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil AUTOS SENNA C.A. Al respecto, observa esta Sala que la controversia planteada en el caso de autos se circunscribe a decidir sobre la supuesta falsa aplicación de la disposición contenida en el artículo 99 del Código Penal, y la errónea interpretación de los efectos de la sentencia Nº 00948 del 13 de agosto de 2008 y su aclaratoria Nº 00103 del 29 de enero de 2009, caso: Distribuidora y Bodegón Costa Norte C.A., dictadas por esta Sala. No obstante, advierte este Máximo Tribunal que la contribuyente en el recurso contencioso tributario impugnó solamente la forma en que la Administración Tributaria le aplicó la sanción por el incumplimiento relacionado con la emisión de las facturas (150 unidades tributarias por cada mes), y por la presentación extemporánea de las declaraciones del impuesto al valor agregado (5 unidades tributarias por cada mes), por lo tanto, se confirma lo decidido por el Juzgado a quo que declaró firme las infracciones detectadas en el proceso de verificación fiscal. Así se determina.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Fisco Nacional, contra la sentencia Nº 0588 del 11 de febrero de 2009, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. En consecuencia, se REVOCA del referido fallo la declaratoria de procedencia de la figura del delito continuado prevista en el artículo 99 del Código Penal. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil AUTOS SENNA C.A. contra la Resolución de Imposición de Sanción Nº GRTI-RCE-DFD-2006-01-04-DF-PEC-004 del 15 de enero de 2007, la cual queda FIRME. 3.- EXIME del pago de las costas a la contribuyente.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesDelito Continuado

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca