Sentencia N° 20 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de enero de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00020, Exp. 2010-0360, 12/01/2011
Expediente2010-0360
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-01-11
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una controversia administrativa interpuesta por el Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico contra el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia. La solicitud buscaba dirimir dudas sobre competencias en materia de desarrollo urbano y solicitaba medidas cautelares para proteger los intereses de la comunidad ante intervenciones del Ministerio que afectaban proyectos de vivienda.

Extracto de la motiva

La parte recurrente solicitó la protección de los intereses de la comunidad de San Juan de los Morros contra las recientes intervenciones de la autoridad nacional que impiden el fortalecimiento de las procedimientos de afectación y desafectación de los terrenos adyacentes a la Penitenciaría General de Venezuela, inherentes al Plan Especial de Expansión Urbanística de San Juan de los Morros. La representación judicial actora fundamentó la medida cautelar solicitada, en la presunta vulneración de derechos constitucionales, por lo que de seguidas esta Sala pasa a revisar los requisitos de procedencia para verificar si hay una lesión irreparable o de difícil reparación que pudiera producirse y que deviniera en inconstitucional, lo que constituiría un atentado al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, por cuanto sostuvieron que la presente solicitud de protección constitucional de los derechos colectivos y difusos, se fundamenta, tanto en el respeto del derecho subjetivo a la vivienda, como en el derecho a la calidad de vida resguardados con la ordenación y promoción del desarrollo económico y social que incentive el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad municipal.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada de manera conjunta con la “controversia administrativa”, interpuesta por los abogados Octavio Rafael CAMERO SOJO y Xenia Mercedes ICIARTE APONTE, actuando con el carácter de Síndico Procurador del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico el primero y apoderada judicial del Alcalde del referido Municipio la segunda, surgida entre la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia y el MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO.

Palabras clave

medida cautelarcontroversia administrativadesarrollo urbanocompetencias municipales

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