La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil El Topacio C.A. contra la Resolución DM/N°105/2011 del Ministerio del Poder Popular para las Industrias Básicas y Minería, que declaró la extinción de la concesión de exploración y explotación de diamantes. La Sala admitió preliminarmente el recurso de nulidad, pero declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar formulada por la recurrente, argumentando que no se demostraron las violaciones constitucionales alegadas y que la revisión de los aspectos legales requería un análisis más profundo que excedía el ámbito del amparo.
Extracto de la motiva
La parte actora se limitó a enumerar tales preceptos como infringidos, sin esgrimir fundamentación alguna, lo que lleva a desestimar las aludidas denuncias dada la generalidad de su planteamiento. Así se declara.
Dispositiva
1.- Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente solicitud de suspensión de efectos, interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil EL TOPACIO C.A., contra la Resolución DM/N°105/2011 de fecha 14 de octubre de 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.780 del 18 de ese mes y año dictada por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS BÁSICAS Y MINERÍA. 2.- ADMITE preliminarmente, sin perjuicio de la verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala de lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso de nulidad ejercido por la sociedad mercantil El Topacio C.A. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada conjuntamente con el recurso de nulidad interpuesto.
Palabras clave
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