La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió suspender la decisión en el juicio incoado por Unilever Andina Venezuela, S.A. en relación a un recurso contencioso tributario. La suspensión se establece por un lapso de diez días para que la contribuyente presente las pruebas de pago de las obligaciones tributarias y para que el SENIAT manifieste su conformidad con dicho pago. La decisión se fundamenta en la falta de respuesta del SENIAT a un auto anterior que solicitaba información sobre la cancelación de las obligaciones tributarias.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala decidir el asunto de fondo debatido en atención a su declaratoria con lugar del recurso de hecho incoado por el apoderado judicial de la sociedad mercantil recurrente, respecto a la apelación que hiciera contra la decisión del tribunal de la causa de fecha 30 de marzo de 2004, relativa al escrito de oposición a la ejecución de la sentencia N° 570 de fecha 09 de abril de 2003, dictada por esta Sala Político-Administrativa. Sin embargo, conforme a su petición de fecha 17 de mayo de 2007, dicha representación solicitó a esta Sala que se declarara “que no hay materia sobre la cual decidir”, por cuanto su representada había procedido al pago de las obligaciones determinadas en los actos administrativos recurridos; a ese efecto, relacionó en su escrito el período al que corresponde el pago, el concepto y el monto cancelado, así como las fechas en que realizó la cancelación. De igual manera, consignó copias de las “planillas para pagar”, a fin de demostrar que la cancelación se había hecho efectiva. En tal sentido, señaló que en fechas: 8, 10 y 11 de marzo de 2004, y 16 de junio de 2004, según los anexo “A”, “B”, “C” y “D”, respectivamente, se produjeron los aludidos pagos. Ahora bien, visto el auto para mejor proveer dictado por esta Sala en fecha 27 de junio de 2007, cuya notificación al Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) se efectuó el 09 de agosto del año 2007, a través de su Gerencia General de Servicios Jurídicos, en la persona de la ciudadana Xiomara Oliveros, la cual fue consignada en el expediente el 24 de septiembre del mismo año y, además, que han transcurrido los diez (10) días hábiles perentorios concedidos al citado ente en esa oportunidad, se observa que hasta la presente fecha no se ha recibido respuesta alguna al aludido auto para mejor proveer.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SUSPENDIDA LA DECISIÓN QUE HA DE RECAER EN EL PRESENTE JUICIO incoado por la sociedad mercantil UNILEVER ANDINA VENEZUELA, S.A. (antes denominada Unilever Andina, S.A.), con ocasión del recurso contencioso tributario interpuesto contra los actos administrativos supra identificados, por un lapso perentorio de DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO siguientes a la notificación de ambas partes, a los fines de que la primera consigne en autos las probanzas del pago que dice haber hecho, en forma legible, y la segunda, manifieste su conformidad o no con el pago efectuado en ejecución del fallo de fecha 09 de abril de 2003, dictado por esta misma Sala.
Palabras clave
contencioso tributariosuspensiónobligaciones tributariasSENIATejecución de sentenciaUnileverpagorecurso de hecho