Sentencia N° 1957 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de octubre de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 01957, Exp. 2004-0690, 27/10/2004
Expediente2004-0690
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-10-26
DecisiónRemitir el expediente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de apelación interpuesto por el Instituto Municipal de Salud y Apoyo Social del Municipio Simón Bolívar, contra una sentencia que declaró con lugar una demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala constató que, tras la reanudación de funciones de los órganos jurisdiccionales competentes, cesó su competencia para conocer del recurso. Por lo tanto, se decidió remitir el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes de lo Contencioso Administrativo para su conocimiento.

Extracto de la motiva

En el presente caso, fue remitido a esta Sala el expediente contentivo de la demanda que por cobro de prestaciones sociales inició ante el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor – Oriental, el ciudadano Vicenzo De Cosmo Ferrini contra el Instituto Municipal de Salud y Apoyo Social del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, en virtud del recurso de apelación ejercido por la abogada Esmeralda Lira Bufano, actuando en su carácter de apoderada judicial del mencionado Instituto, contra la sentencia que declaró con lugar la referida demanda. Así, se pudo constatar que en el auto por el cual se oyó el aludido recurso se dispuso textualmente que “...ante el hecho de estar interrumpidas las actividades del órgano de alzada, en aplicación del criterio adoptado en decisión No. 3436 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 08 de diciembre de 2003, se ordena remitir el expediente a la Sala Político – Administrativa, a la que transitoriamente corresponde la competencia para conocer...”. Sin embargo, advierte la Sala que a partir del 15 de julio de 2004, oportunidad en la cual se designaron los jueces que integran las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, dichos órganos jurisdiccionales se instalaron y comenzaron a ejercer sus funciones, tal como había sido acordado en la Resolución Nº 2003 – 00033, de fecha 10 de diciembre de 2003, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.866 del 27 de enero de 2004, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político - Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, para que previa su distribución, la Corte a la cual le corresponda el asunto, se aboque al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra. Publíquese, regístrese, comuníquese y remítase el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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