La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide homologar el desistimiento de la solicitud de avocamiento presentada por la Cámara Nacional de Talleres Mecánicos (CANATAME) en relación a un recurso contencioso tributario. La solicitud de avocamiento se fundamentaba en la necesidad de restablecer el orden jurídico afectado por decisiones contradictorias del Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario. Sin embargo, tras la emisión de un fallo definitivo por parte del tribunal de origen, se considera que la solicitud resulta inoficiosa.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en fecha 6 de octubre de 2004, el abogado Ivor Mogollón-Rojas, en su carácter de apoderado judicial de la CAMARA NACIONAL DE TALLERES MECÁNICOS (CANATAME), parte solicitante del presente avocamiento, desistió de la solicitud en los siguientes términos: “... visto que el Tribunal de la causa procedió a emitir su fallo definitivo, consideramos que la Solicitud de Avocamiento contentiva en el presente expediente, RESULTA INOFICIOSA, toda vez que ante la emisión de un fallo en primera instancia, esta Sala no tiene materia sobre la cual avocarse. Así las cosas, y con el debido respeto de esta Sala, por medio de la presente y en nombre y representación de nuestro mandante, procedemos a DESISTIR de la presente ACCIÓN, vistos los antecedentes antes mencionados; motivo por el cual se requiere, de igual forma, la debida HOMOLOGACIÓN del DESISTIMIENTO antes solicitado por parte de este despacho.” Ahora bien, vista la legitimidad y capacidad procesal del representante de la empresa solicitante del desistimiento, tal como se desprende del instrumento poder que consta al folio 27, prevista dicha actuación por el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil aplicable al caso y no existiendo razón alguna de orden público que se oponga o impida su tramitación, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, debe declarar homologado el desistimiento del presente avocamiento y así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO el desistimiento del avocamiento planteado en relación al juicio llevado por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (expediente N° “2004”, nomenclatura de ese tribunal), contentivo del recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con acción de amparo, por la sociedad mercantil Interbank Seguros, S.A., contra el acto administrativo Nº DCR-5-15311-774 de fecha 10 de marzo de 2003, emanado de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el presente expediente.
Palabras clave
avocamientodesistimientocontencioso tributarioSENIATCámara Nacional de Talleres Mecánicosjusticia tributariapotestad tributaria