Sentencia N° 1954 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de abril de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 01954, Exp. 2005-1008, 14/04/2005
Expediente2005-1008
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2005-04-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de una demanda por daños materiales y morales interpuesta por Ramón Marín, presidente del Sindicato Único Profesional de Trabajadores Organizados de los Servicios Médicos y de la Salud, contra la Gobernación del Estado Monagas. El Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes se declaró incompetente, remitiendo el caso a esta Sala, que aceptó la competencia al considerar que la cuantía de la demanda excedía el límite establecido para su conocimiento.

Extracto de la motiva

En primer término, debe advertirse que el caso de autos ha llegado a esta Sala Político-Administrativa en virtud de la declinatoria de competencia que hiciera el Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil-Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental, mediante sentencia de fecha 16 de diciembre de 2004, en la cual declaró su incompetencia para conocer de la demanda que por daños materiales y morales intentara el ciudadano Ramón Marín, actuando en su carácter de Presidente del Sindicato Único Profesional de Trabajadores Organizados de los Servicios Médicos y de la Salud, Farmacias, Droguerías y Laboratorios del Sector Público y Privado, similares y conexos del Estado Monagas (SUPROTRA SALUD MONAGAS), contra la Gobernación del Estado Monagas y su “Dirección Regional de Salud (sic)”, señalando en tal sentido, que es a esta Sala del Supremo Tribunal a quien corresponde el conocimiento del asunto.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA la competencia para conocer de la demanda que por daños materiales y morales interpusiera el ciudadano RAMÓN MARÍN, actuando en su carácter de Presidente del Sindicato Único Profesional de Trabajadores Organizados de los Servicios Médicos y de la Salud, Farmacias, Droguerías y Laboratorios del Sector Público y Privado, similares y conexos del Estado Monagas (SUPROTRA SALUD MONAGAS), asistido por el abogado Cruz Rafael Véliz Rincones, antes identificados, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MONAGAS. Se ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la demanda con prescindencia de la competencia ya aceptada. Publíquese, regístrese y notifíquese.

Palabras clave

competenciadaños materialesdaños moralessindicatoadministración públicacontencioso administrativogobernaciónjurisdicción

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca