Sentencia N° 1952 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de abril de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 01952, Exp. 2004-2861, 14/04/2005
Expediente2004-2861
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaTributario
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2005-04-13
DecisiónQUE CORRESPONDE AL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA la competencia para conocer y decidir la demanda por ejecución de créditos fiscales

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario y el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, respecto a una demanda por ejecución de créditos fiscales interpuesta por el Fisco Nacional. La Sala determinó que el Juzgado Tercero es el competente para conocer del caso, dado que la demanda fue presentada antes de la creación del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario en la región.

Extracto de la motiva

La presente causa trata de un conflicto negativo de competencia para conocer del juicio por ejecución de créditos fiscales interpuesto por los representantes judiciales del Fisco Nacional, contra la Sucesión de Trigida Flor Rodríguez de Rodríguez. En tal sentido, al tratarse de un cobro de bolívares por la vía de la ejecución de créditos fiscales, observa la Sala que el Código Orgánico Tributario vigente dispone en sus artículos 291 y 333 lo siguiente: 'Artículo 291. La solicitud de ejecución del crédito deberá interponerse ante el Tribunal Contencioso Tributario competente...'. Al respecto, observa la Sala que los tribunales a los cuales alude la referida norma, en efecto ya fueron creados en fecha 21 de enero de 2003, por la Sala Plena de este Supremo Tribunal mediante la Resolución Nº 2003-0001, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.622 del 31 de enero de 2003, a través de la cual resolvió crear seis (6) Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario, con sedes en diferentes ciudades del interior de la República. Posteriormente, la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a los fines de materializar lo dispuesto en el instrumento antes identificado, el 25 de agosto de 2003 dictó la Resolución N° 1.459, publicada en la Gaceta Oficial N° 37.766 de fecha 2 de septiembre de 2003, en la cual se dispuso que el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, con sede en la ciudad de Barquisimeto y competencia territorial en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Lara, Portuguesa, Falcón y Yaracuy, creado mediante la Resolución Nº 2003-0001, estará ubicado en el Palacio de Justicia del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto, localizado en la Carrera 17, entre Calles 24 y 25, Edif. Nacional y, del mismo modo, se estableció que las causas nuevas serían recibidas por el mencionado órgano jurisdiccional, según su competencia por el territorio, aun cuando los Tribunales Contencioso Tributarios de la Región Capital, seguirían conociendo de las causas pendientes hasta su culminación.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para conocer de la solicitud de regulación de competencia planteada. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA la competencia para conocer y decidir la demanda por ejecución de créditos fiscales incoada por los abogados Andrés Valiño D., Melchor Ordaz G. y Estrella Ranuare M., actuando como representantes del FISCO NACIONAL, contra la SUCESIÓN DE TRIGIDIA FLOR RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ, en virtud de haber resultado infructuosas las gestiones de cobro de la cantidad de cinco millones doscientos sesenta y dos mil cuatrocientos ochenta y seis bolívares con veinte céntimos (Bs. 5.262.486,20), correspondiente al impuesto sobre sucesiones liquidado mediante la Planilla de Liquidación Sucesoral, Forma 32, N° 0025709 del 30 de noviembre de 1998, expedida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Palabras clave

ejecucion de creditos fiscalescompetenciafisco nacionalsucesiontribunales contenciosos tributarioscodigo organico tributarioimpuesto sobre sucesiones

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