Sentencia N° 195 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de febrero de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00195, Exp. 2005-0283, 07/02/2007
Expediente2005-0283
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-02-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Aníbal Ricardo Pirela Rodríguez contra la sentencia que decretó la ocupación previa de un terreno para la construcción de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. La apelación fue fundamentada en la supuesta confiscación del fundo y la falta de pago de una justa indemnización. La Sala, tras examinar los alegatos y la normativa aplicable, concluyó que se habían cumplido los requisitos legales para la ocupación previa, confirmando así la decisión del tribunal de instancia.

Extracto de la motiva

Examinados como han sido cada uno de los alegatos contenidos en el escrito del recurso, así como los fundamentos de la sentencia apelada, la Sala observa: En el presente caso, una vez agotadas las gestiones dirigidas a lograr un arreglo amigable en relación con el bien que comprende los inmuebles y/o bienhechurías que conforman el Fundo Santa Ana, ubicado en el Sector Campo Alegre, entre la Carretera “J” y la Avenida 44 de Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, sobre el cual se dictara el Decreto de Expropiación por parte de la Gobernación del Estado Zulia, con la finalidad de construir una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, se dio inicio al procedimiento judicial de expropiación del referido inmueble, así como de las bienhechurías existentes sobre él. Con ocasión de ello, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, al considerar cumplidos los requisitos establecidos en la ley para decretar la ocupación previa, procedió a declararla y en consecuencia, autorizó al ente expropiante a realizar los trabajos necesarios para cumplir con la indicada obra.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial del ciudadano ANÍBAL RICARDO PIRELA RODRÍGUEZ, contra la sentencia de fecha 05 de octubre de 2004 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas. En consecuencia, se CONFIRMA en todas sus partes dicho fallo.

Palabras clave

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