Sentencia N° 1937 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de noviembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01937, Exp. 2007-0993, 28/11/2007
Expediente2007-0993
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-11-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ARAGÓN C.A. contra el Decreto Nº 000488 del 07 de marzo de 2007, dictado por el Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, que acordó la adquisición forzosa de un inmueble. La Sala consideró que el acto impugnado vulneraba derechos constitucionales, incluyendo el derecho a la propiedad y el debido proceso, y que la Alcaldía no contaba con los recursos necesarios para llevar a cabo la expropiación de manera justa y oportuna.

Extracto de la motiva

La Sala Político-Administrativa, al examinar el recurso contencioso administrativo de nulidad, constató que el Decreto Nº 000488 del 07 de marzo de 2007, dictado por el Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, vulneraba derechos fundamentales, como el derecho a la propiedad y el debido proceso. Se argumentó que la Alcaldía no contaba con los recursos necesarios para indemnizar adecuadamente a los propietarios de los inmuebles expropiados, lo que podría llevar a una confiscación de facto. Además, se destacó que el acto administrativo no cumplía con los requisitos de utilidad pública establecidos en la ley, lo que llevó a la Sala a declarar la nulidad del decreto impugnado.

Dispositiva

1.- Se ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala en lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ARAGÓN C.A., contra el Decreto Nº 000488 del 07 de marzo de 2007 dictado por el Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria de ese Distrito Nº 00194, de fecha 08 de marzo de 2007. 2.- Se solicita al DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, informe a esta Sala dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la última notificación, sobre la vigencia y situación actual de la orden de adquisición forzosa del inmueble descrito en el artículo primero del Decreto Nº 000488 de fecha 07 de marzo de 2007. 3.- NOTIFÍQUESE al Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas, al Procurador Metropolitano, al Director del Instituto de Patrimonio Cultural y a la Procuradora General de la República.

Palabras clave

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