Sentencia N° 1927 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de julio de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01927, Exp. 2005-5089, 27/07/2006
Expediente2005-5089
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-07-26
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la contribuyente Autocamiones del Llano, C.A. contra la decisión del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, que declaró inadmisible el recurso contencioso tributario. La Sala consideró que el recurso fue interpuesto de manera subsidiaria al recurso jerárquico y que el recurrente había cumplido con los requisitos necesarios para su admisibilidad, a pesar de las omisiones señaladas por el tribunal inferior.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la contribuyente, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 11 de julio de 2005, por medio de la cual declaró inadmisible el recurso contencioso tributario interpuesto contra los actos administrativos contenidos en las planillas de liquidación de multas anteriormente identificadas. A tal efecto, la litis planteada queda circunscrita a determinar la admisibilidad o inadmisibilidad del recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente de manera subsidiaria al recurso jerárquico, en fecha 12 de enero de 2000. Bajo tales premisas, advierte la Sala que el recurso contencioso tributario intentado por el ciudadano Luis Alfonzo Morao, actuando con el carácter de representante legal de la contribuyente Autocamiones del Llano, C.A., fue interpuesto, tal como se evidencia del folio uno (1) del expediente judicial, ante la Unidad de Tributos Internos de Valle de La Pascua, Región Los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), el cual al ser interpuesto en forma subsidiaria al recurso jerárquico, fue remitido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 15 de diciembre de 2004, por la Gerencia Jurídico Tributaria del referido organismo, mediante oficio GJT-DRAJ-2004-10266 (folio noventa y uno (91) del expediente judicial), de conformidad con lo establecido en el artículo 262 del vigente Código Orgánico Tributario.

Dispositiva

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Ricardo Andrés Ramírez Ortiz, actuando con el carácter de apoderado judicial de la contribuyente AUTOCAMIONES DEL LLANO, C.A., contra la decisión dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de julio de 2005, recaída en el expediente N° 2004-000523 (de la nomenclatura del prenombrado tribunal), mediante la cual se declaró inadmisible el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Luis Alfonzo Morao, titular de la cédula de identidad N° 1.620.001, actuando con el carácter de representante legal de la contribuyente anteriormente identificada, contra los actos administrativos contenidos en las planillas de liquidación de multas identificadas con los Nros. 02-10-01-1-02-0014, 000015, 000019, 000020, 000022, 000024, 000025, 000026, 000027, 000028, 000029, 000030, 000031, 000032, 000033, 000034, 000035, 000036, 000037, 000038, 000039, 000040, 000041, 000042, 000159, 0000160, 0000161, 0000162, 0000163, 0000164, 0000165, 0000166, 0000167, 0000169, 0000171, 000172 y 000173, de fechas 30 el septiembre de 1999, por un monto total de veintinueve millones doscientos once mil seiscientos sesenta y un bolívares con setenta y cuatro céntimos (Bs. 29.211.661, 74), emitidas por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). En consecuencia, se REVOCA la sentencia recurrida.

Palabras clave

recurso contencioso tributarioinadmisibilidadrepresentación legalautocamiones del llanofisco nacionalcódigo orgánico tributarioderecho a la defensatutela judicial efectiva

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca