Sentencia N° 1923 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de julio de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01923, Exp. 1997-14218, 27/07/2006
Expediente1997-14218
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-07-26
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por María Servilia Mayora contra un acto administrativo del Contralor General de la República. La recurrente alegó violaciones a sus derechos de petición y defensa, así como la presunción de inocencia, argumentando que la Contraloría no valoró adecuadamente las pruebas presentadas. Sin embargo, la Sala desestimó estas alegaciones, afirmando que la responsabilidad administrativa fue debidamente fundamentada y que la recurrente no aportó pruebas suficientes para desvirtuar las afirmaciones de los funcionarios públicos consultados.

Extracto de la motiva

La responsabilidad administrativa de la recurrente fue declarada por el Órgano Contralor al estimar que ésta simuló el reconocimiento de mercancías que no ingresaron al país, incumpliendo así con la obligación en cabeza de los funcionarios valoradores aduaneros de establecer la existencia y estado físico de los efectos y la verificación y exactitud de las declaraciones del consignatario, previstas en el artículo 44 de la Ley Orgánica de Aduanas aplicable ratione temporis, así como con la obligación de perseguir y denunciar las infracciones en que incurrió el importador al declarar mercancía inexistente con el objeto de beneficiarse del otorgamiento de dólares preferenciales, causando perjuicio al Fisco con su actitud omisiva. En virtud de las consideraciones precedentes y dado que el hecho de simular haber efectuado el reconocimiento de una mercancía que no ingresó al país, constituye un ilícito generador de responsabilidad administrativa conforme a lo previsto en el numeral 13 del artículo 113 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, esta alzada aprecia, que a la luz de las normas vigentes persiste la irregularidad por la cual se declaró la responsabilidad del impugnante.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por la abogada Carmen Gloria Figueroa Valenzuela, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA SERVILIA MAYORA, contra el acto administrativo sin número dictado el 20 de marzo de 1997 por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, mediante el cual confirmó el acto administrativo dictado el 21 de diciembre de 1992 por la Directora de Averiguaciones Administrativas de la otrora Dirección General de Control de la Administración Central de la Contraloría General de la República, por el cual se le declaró responsable administrativamente, en su condición de Técnico Valorador del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), ahora Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 2.- FIRME el acto administrativo impugnado. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y remítanse los antecedentes administrativos a la Contraloría General de la República. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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