Sentencia N° 1915 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de noviembre de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01915, Exp. 2003-0872, 28/11/2007
Expediente2003-0872
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-11-27
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por los ciudadanos José Luis Betancourt y Fabricio Rincón contra el Decreto Nº 2.292 y la Resolución Nº 177, ambos relacionados con la ocupación de tierras con vocación agraria. La Sala fundamentó su decisión en que los actos impugnados no adolecen de los vicios denunciados, como usurpación de funciones o incompetencia manifiesta, y que el Presidente de la República actuó dentro de sus atribuciones constitucionales para garantizar la seguridad agroalimentaria del país.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Decreto N° 2.292 impugnado fue dictado por el ciudadano Presidente de la República en ejercicio de la atribución prevista en el numeral 11 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las disposiciones establecidas en los artículos 305, 306 y 307 eiusdem. En tal sentido, tal y como indicó la representación del Ministerio Público, el Presidente de la República tiene conferida en forma expresa entre sus atribuciones la de administrar la Hacienda Pública Nacional conforme el enunciado del referido numeral 11 del artículo 236 eiusdem, y en ejercicio de dicha atribución, debe velar por el mejor aprovechamiento y mejora de los bienes nacionales. De allí, que no escapa de la esfera de sus competencias la orden dirigida a todos los entes de la organización administrativa que se detallan en el mencionado decreto, de vender las tierras con vocación agrícola (con la limitación de que esto no afecte el desarrollo normal de su actividad), con la finalidad de alcanzar los objetivos previstos en el Decreto N° 1.546 con Rango y Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario publicado en la Gaceta Oficial N° 37.323 de fecha 13 de enero de 2001, (actualmente desarrollados en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.771 de fecha 18 de mayo de 2005), dirigidos a profundizar el desarrollo rural integral y sustentable a fin de garantizar el desarrollo humano y el crecimiento económico.

Dispositiva

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1.-SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por los ciudadanos José Luis Betancourt, actuando con el carácter de Presidente de la Federación Nacional de Ganaderos de Venezuela (FEDENAGA) y Fabricio Rincón, en su carácter de Presidente de la Asociación Civil de Ganaderos de Machiques (GADEMA), ya identificados, contra el “...Decreto Nº 2.292 emanado del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, en fecha 31 de enero de 2003 (sic), publicado en la Gaceta Oficial 37.624 del día martes 4 de febrero de 2003, así como de la Resolución Nº 177 emanada de la Presidencia del Instituto Nacional de Tierras, en fecha 11 de febrero de 2003, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.629...”. 2.- FIRMES los actos administrativos impugnados.

Palabras clave

nulidaddecretoresolucióntierrasagriculturaderechosadministración públicajusticia

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