La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de regulación de competencia interpuesto por el Instituto Nacional de Aviación Civil (INAC) en relación a una solicitud de calificación de despido presentada por Otilde Josefina Chang Fernández. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, considerando la naturaleza de las funciones del personal aeronáutico como parte del Cuerpo de Seguridad del Estado, lo que justifica un régimen especial en cuanto a la legislación laboral aplicable.
Extracto de la motiva
Con fundamento en los argumentos precedentes esta Sala fija el criterio respecto a que las acciones o recursos que ejerzan los funcionarios o empleados del Cuerpo de Control de Navegación Aérea adscrito al Ministerio de Infraestructura con ocasión de su relación de empleo con dicho órgano, deben ser conocidas por los Juzgados Superiores Contencioso-Administrativos Regionales. Visto lo anterior, se advierte que el presente fallo debe tenerse como segundo complemento de las ponencias conjuntas de la Sala números: 1.209 del 2 de septiembre de 2004, 1.315 del 8 de septiembre de 2004, 1.900 del 27 de octubre de 2004 y 2.271 del 24 de noviembre de 2004, respectivamente, mediante las cuales, al igual que en la presente decisión, se han delimitado las competencias de los órganos judiciales que integran la jurisdicción contencioso-administrativa, con fundamento en la facultad que la Sala Plena delegó en cada una de las Salas que conforman este Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
1) Que en el caso concreto, es COMPETENTE para conocer de la regulación de competencia solicitada por el apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, en fecha 5 de abril de 2006. 2) CON LUGAR el recurso de regulación de competencia interpuesto por el abogado Heberto Roldán López, actuando con el carácter de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL y, en consecuencia, COMPETENTE para conocer de la solicitud formulada por la ciudadana OTILDE JOSEFINA CHANG FERNÁNDEZ, contra el INSTITUTO NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (INAC), en los términos expuestos en el presente fallo. 3) Se REVOCA la decisión de fecha 3 de abril de 2006, dictada por el Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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