La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer del recurso de revisión interpuesto por el abogado Luis Andara. Este recurso fue presentado en relación a una sentencia de la Sala Constitucional que declaró sin lugar una apelación. La Sala determinó que no tenía competencia para conocer del caso y declinó su conocimiento a la Sala Constitucional, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara QUE NO TIENE COMPETENCIA para conocer de la presente causa. En consecuencia, ORDENA la remisión inmediata del expediente a la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, a los fines legales consiguientes.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara QUE NO TIENE COMPETENCIA para conocer de la presente causa. En consecuencia, ORDENA la remisión inmediata del expediente a la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, a los fines legales consiguientes.
Palabras clave
recurso de revisioncompetenciaamparo constitucionalSala ConstitucionalTribunal Supremo de Justiciaderechos constitucionalesincompetencia