DecisiónLA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en el recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Línea Aérea de Servicio Ejecutivo Regional Compañía Anónima (LASER C.A.). La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de más de 23 años sin que la parte actora manifestara interés en la continuación del proceso, a pesar de las notificaciones realizadas. Se establece que el interés procesal es un requisito esencial para la acción judicial, y su ausencia conlleva a la extinción de la misma.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Correspondería a esta Sala Político Administrativa emitir pronunciamiento sobre el recurso de nulidad ejercido los abogados Pedro Miguel Reyes y Marjorie Dávila González, ya identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Línea Aérea de Servicio Ejecutivo Regional Compañía Anónima (LASER C.A.), contra el artículo 3 de la Resolución Nro. 117, dictada por el antes Ministerio de Transporte y Comunicaciones (hoy Ministerio del Poder Popular para el Transporte), de fecha 19 de agosto de 1996, publicada en la Gaceta Oficial de la entonces República de Venezuela, Nro. 36.025 del 20 de agosto de 1996, mediante la cual se dictaron las: “(…) Normas Aplicables al Mantenimiento, Mantenimiento Preventivo, Reconstrucción y Alteración de Cualquier: a) Aeronave que tenga un Certificado de Aeronavegabilidad emitido en la República de Venezuela. b) Aeronave civil registrada
Dispositiva
LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Pedro Miguel Reyes y Marjorie Dávila González, ya identificados, actuando como apoderados judiciales de la sociedad mercantil LÍNEA AÉREA DE SERVICIO EJECUTIVO REGIONAL COMPAÑÍA ANÓNIMA (LASER C.A.)